Nivel: Básico y Cualificado
Con la entrada en vigor del Real Decreto 14/1995 todos los agricultores que realicen tratamientos en su propia explotación deberá estar en posesión del carnet de plaguicidas en su nivel básico, siempre que los plaguicidas no estén calificados de muy tóxicos. Emitido por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación.